Orden de 6 de septiembre de 2018, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se aprueba el Programa de Actividad Física y Deporte en Edad Escolar de la Región de Murcia para el curso 2018-2019.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorI.M.A.S.
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

    Consejería de Educación, Juventud y Deportes

    5612 Orden de 6 de septiembre de 2018, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se aprueba el Programa de Actividad Física y Deporte en Edad Escolar de la Región de Murcia para el curso 2018-2019.

    La Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia, define en su artículo 18 el Programa de “Actividad Física y Deporte en Edad Escolar”, como conjunto de actividades físico-deportivas que tienen por objeto fomentar la práctica deportiva en los escolares, y será aprobado anualmente por la Consejería competente en materia de actividad física y deporte, teniendo en cuenta las iniciativas y propuestas formuladas por las federaciones deportivas y las corporaciones locales, y estará orientado a la educación integral de los escolares, al desarrollo armónico de su personalidad, a la consecución de unas condiciones físicas y de salud y a una formación que posibiliten la práctica continuada de la actividad física y el deporte en edades posteriores.

    La citada Ley determina asimismo en el artículo 19 que los centros escolares serán el marco preferente de participación. El Programa de “Actividad Física y Deporte en Edad Escolar” se ejecutará básicamente a través de los centros escolares que voluntariamente participen en el mismo.

    En este caso contarán con un coordinador y un proyecto deportivo de centro.

    Con la finalidad de hacer efectivas dichas previsiones normativas, a propuesta del Director General de Deportes y en ejercicio de las facultades reconocidas por los artículos 25.4 y 16.2.q) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,

    Dispongo:

    Primero.- Aprobar el Programa de “Actividad Física y Deporte en Edad Escolar” de la Región de Murcia para el curso 2018-2019, como el conjunto de actividades físico deportivas previstas en el artículo 18 de la Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia, que se adjunta como ANEXO I a la presente Orden.

    Segundo.- El Programa de “Actividad Física y Deporte en Edad Escolar” de la Región de Murcia para el curso 2018-2019 está integrado por las siguientes modalidades de participación:

  2. Actividades de naturaleza competitiva:

    1.1. Campeonato de Promoción Deportiva de la Región de Murcia, en las categorías Benjamín, Alevín, Infantil, Cadete y Juvenil.

    1.2. Campeonato de Rendimiento Deportivo de la Región de Murcia, en las categorías que determinen los reglamentos de cada Federación Deportiva.

    1.3. Campeonato de Deporte Adaptado en Edad Escolar de la Región de Murcia, para discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales en las categorías que determinen las federaciones deportivas correspondientes.

  3. Campañas de promoción deportiva:

    2.1. Campañas de Promoción, Rendimiento Deportivo y Deporte Adaptado en Edad Escolar promovidas por los Ayuntamientos o federaciones deportivas de la Región de Murcia, a través de escuelas deportivas.

    2.2. Jornadas Deportivas Singulares o Simposios, promovidas por Ayuntamientos, grupos de municipios o la propia Dirección General de Deportes.

    Tercero.- Presupuesto y financiación

    La Consejería competente en materia de actividad física y deporte y los Ayuntamientos colaboradores financiarán, en la medida de las disponibilidades presupuestarias, los gastos derivados del desarrollo y ejecución del Programa de “Actividad Física y Deporte en Edad Escolar”, a excepción del Campeonato de Rendimiento Deportivo de la Región de Murcia que será por cuenta de las federaciones deportivas, y en su caso de los clubes y centros docentes participantes.

    Cuarto.- Ayuntamientos colaboradores

    Los Ayuntamientos de la Región de Murcia podrán solicitar su inclusión como colaboradores en la organización del Programa de “Actividad Física y Deporte en Edad Escolar”. Las solicitudes se ajustarán al modelo recogido en el anexo II de la presente Orden, e irán firmadas electrónicamente. Se presentarán en el Registro Electrónico Único, accesible a través de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es) conforme a lo previsto en el Artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e irán dirigidas a la Dirección General de Deportes, Consejería de Educación, Juventud y Deportes, teniendo de plazo para ello hasta las 15:00 horas del 24 de septiembre de 2018.

    Los Ayuntamientos, a través del Coordinador Municipal del Programa de “Actividad Física y Deporte en Edad Escolar”, serán las entidades encargadas de fomentar entre los centros de enseñanza, clubes y asociaciones deportivas de su ámbito de actuación, la participación de los escolares en las distintas actividades propuestas por el programa, informando sobre las mismas y organizando las fases municipales correspondientes.

    Quinto.- Participación de escolares deportistas

  4. La participación será exclusivamente a través de centros de enseñanza en el Campeonato de Promoción Deportiva de la Región de Murcia, en las categorías Benjamín, Alevín, Infantil, Cadete y Juvenil.

  5. Excepcionalmente en el Campeonato de Promoción Deportiva de la Región de Murcia, y en los deportes de equipo en que se determine, se permitirá la participación en categoría juvenil hasta la edad de 22 años a los alumnos que se encuentren cursando enseñanzas regladas oficiales no universitarias. Las condiciones de participación de estos deportistas se recogerán en la Normativa Técnica correspondiente a cada deporte.

    Sexto.- Asistencia sanitaria

    La asistencia sanitaria, tanto la de primera instancia de carácter urgente e inespecífica como la específica posterior, derivada de la práctica deportiva celebrada en la Región de Murcia por los participantes en los programas anuales de actividad física y deporte escolar, será prestada de forma gratuita por el Servicio Murciano de Salud en todos aquellos casos que no exista cobertura a través del seguro escolar, tal como se recoge en la Disposición adicional Segunda de la Ley 8/2015, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.

    Séptimo.- Aceptación de las normas e integración en la programación general anual

    La participación en...

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