Orden de 8 de abril de 2019 de la Consejería de Hacienda, por la que se convoca concurso de méritos general, concurso de méritos específico y turno de resultas para la provisión de puestos de trabajo correspondientes al Grupo A; subgrupo de clasificación profesional “A1”, Cuerpo Superior de Administradores y Cuerpo Superior de Administradores Tributarios; Subgrupo de Clasificación Profesional “A2”, Cuerpo Gestión Administrativa y Cuerpo de Técnicos Tributarios de la Administración Regional.

Fecha de publicación11 Abril 2019
Número de Gaceta2150
EmisorConsejería de Hacienda
SecciónComunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejería de Hacienda

2150 Orden de 8 de abril de 2019 de la Consejería de Hacienda, por la que se convoca concurso de méritos general, concurso de méritos específico y turno de resultas para la provisión de puestos de trabajo correspondientes al Grupo A; subgrupo de clasificación profesional “A1”, Cuerpo Superior de Administradores y Cuerpo Superior de Administradores Tributarios; Subgrupo de Clasificación Profesional “A2”, Cuerpo Gestión Administrativa y Cuerpo de Técnicos Tributarios de la Administración Regional.

El Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia, aprobado por Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 7 de noviembre de 2007 (BORM n.º 271, de 23 de noviembre), establece el modelo de provisión de puestos de trabajo por el sistema de concurso de méritos, configurando dos tipos diferenciados de concursos, generales y específicos.

Así, su artículo 6.2 dispone que, mediante concursos generales, se proveerán los puestos de nivel de complemento de destino no superior al base de su grupo, los puestos de trabajo que, de conformidad con las relaciones de puestos de trabajo, tengan la consideración de primer destino y aquellos otros que se determinen en las Bases Generales que regulen los concursos de méritos.

Igualmente, en su apartado tercero establece que se proveerán a través de concursos específicos los puestos de trabajo de jefatura o asimilados, así como aquellos puestos de trabajo que, exigiendo la posesión de técnicas o responsabilidades especiales, se determinen en las correspondientes Bases Generales.

Las Bases Generales por las que se rigen las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo de la Administración Regional por el sistema de concurso de méritos, aprobadas por Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 14 de febrero de 2008, (BORM n.º 43, de 20 de febrero), establecen en su Base Vigésimo Primera y siguientes el procedimiento aplicable a este tipo de concursos.

De acuerdo con lo anterior, y oídas las Consejerías y Organismos autónomos correspondientes en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.1 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, se procede a convocar puestos de trabajo correspondientes al Grupo A; Subgrupo de Clasificación Profesional "A1", Cuerpo Superior Administradores y Cuerpo Superior de Administradores Tributarios, así como el Subgrupo de Clasificación Profesional "A2", Cuerpo Gestión Administrativa y Cuerpo de Técnicos Tributarios de la Administración Regional.

La presente convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo, incluye todos los puestos vacantes dotados presupuestariamente a fecha 4 de febrero de 2019, susceptibles de ser convocados, excepto aquellos que están pendiente de una reorganización administrativa iniciada con anterioridad a la convocatoria del concurso.

Se incluye, asimismo, la posibilidad de que el personal estatutario del Servicio Murciano de Salud pueda participar en el presente concurso, y en aplicación de lo dispuesto en la disposición adicional duodécima del Texto Refundido de la ley de la Función Pública de la Región de Murcia, introducida por Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud (BORM n.º 294, de 21 de diciembre) y modificada por Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de función pública (BORM n.º 300, de 30 de diciembre), con el fin de favorecer la movilidad del personal de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y atendiendo a criterios de reciprocidad, el personal funcionario perteneciente a la Mesa Sectorial de Negociación de Administración y Servicios y el personal estatutario del Servicio Murciano de Salud podrá participar en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo que se convoquen por los órganos correspondientes, según se determine en las respectivas convocatorias.

En relación con esta disposición es preciso tener en cuenta el Acuerdo de la Mesa General de Negociación de las condiciones de trabajo comunes al personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración Pública de la Región de Murcia, de 3 de julio de 2014, sobre movilidad del personal funcionario de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo (BORM n.º 173, de 29 de julio de 2014, corrección de errores de BORM n.º 176, de 1 de agosto de 2014).

Conforme a lo anterior y al objeto de asegurar el derecho a la movilidad, en el Anexo I.2, se recogen los puestos de trabajo reservados, de los denominados base o de primer destino, un 8% de los 100 primeros y un 3% de los puestos que excedan de tal cifra, completándose al alza, hasta el siguiente número entero, la fracción resultante, sin que en ningún caso se pueda destinar a esta finalidad más de 25 puestos, haciéndose efectivo únicamente respecto de aquellos cuerpos, escalas, categorías y opciones del personal funcionario y estatutario que resulten equivalentes en cuanto a la titulación exigida para acceder a los mismos y funciones a desarrollar.

A estos puestos de trabajo, podrán optar, de forma indistinta, los funcionarios pertenecientes a la Mesa Sectorial de Administración y Servicios y el personal estatutario del Servicio Murciano de Salud, siendo asignados a aquellos aspirantes que, con independencia de su vínculo con la Administración, obtengan mayor puntuación con arreglo a los méritos establecidos al efecto.

De conformidad con lo señalado en el artículo 65.1 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, el reingreso al servicio activo del personal que no tenga reserva de plaza se efectuará mediante su participación en los concursos de méritos.

En este sentido, en relación con el personal que participe en el concurso de méritos objeto de esta convocatoria desde situaciones administrativas que no impliquen la reserva de puesto de trabajo, que no hubiera presentado su renuncia al concurso con anterioridad a la resolución provisional, se entenderá que está solicitando su reingreso al servicio activo. Tal reingreso se producirá, atendiendo al carácter irrenunciable de los puestos de trabajo adjudicado, en el puesto de trabajo que se le adjudique de manera definitiva en el concurso, finalizándose la situación administrativa en la que se encontrase con efectos del día anterior al de la toma de posesión en el puesto adjudicado.

Además, se establece el procedimiento de incorporación de los funcionarios adjudicatarios en aquellos supuestos en que se ofrezcan puestos por dotaciones, sin especificación de los códigos correspondientes.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Directiva Comunitaria 2006/54/CE, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, el presente concurso tiene en cuenta dichos principios en la provisión de los puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios, asimismo se tendrá en cuenta, el contenido de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

En su virtud, y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 12.2.j) del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, y por el artículo 8 del Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia,

Dispongo:

Primero.- Convocar concurso de méritos general, concurso de méritos específico y turno de resultas para la provisión de puestos de trabajo correspondientes Grupo A; Subgrupo de Clasificación Profesional "A1", Cuerpo Superior de Administradores y Cuerpo Superior de Administradores Tributarios, así como el Subgrupo de Clasificación Profesional "A2", Cuerpo Gestión Administrativa y Cuerpo de Técnicos Tributarios:

CUERPO SUPERIOR DE ADMINISTRADORES-AGX00

CUERPO SUPERIOR DE ADMINISTRADORES TRIBUTARIOS-ATT00

CUERPO GESTIÓN ADMINISTRATIVA – BGX00

CUERPO TÉCNICO TRIBUTARIO-BTT00

Segundo.- Dicha convocatoria se regirá por el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia, (en adelante Reglamento General de Provisión), las Bases Generales que han de regir las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo de la Administración Regional por el sistema de concurso de méritos, (en adelante Bases Generales), así como por las siguientes

Bases específicas

Capítulo I.- Puestos de trabajo que se convocan

Base 1.ª- Puestos de trabajo que se convocan.

1.1.- Son convocados en este concurso los puestos vacantes que figuran adscritos a los Cuerpos establecidos en el Dispongo Primero de esta Orden.

No obstante lo anterior, en el supuesto de que alguno de los puestos convocados se encuentren adscritos a otros Cuerpos y/o Escalas distintos de los allí relacionados, podrán solicitar los mismos los funcionarios que pertenezcan a estos Cuerpos y/o Escalas.

1.2.- Los puestos de trabajo que se convocan y los puestos por dotaciones, sin especificación de los códigos correspondientes, con indicación de su denominación, localidad, nivel de complemento de destino, complemento específico, así como las condiciones o requisitos necesarios para el desempeño de cada uno de ellos, conforme a lo establecido en las Relaciones de Puestos de Trabajo, son los relacionados en los siguientes Anexos:

Anexo I - Puestos abiertos únicamente a personal funcionario o laboral fijo, en su caso, de esta Administración Regional.

Anexo I.1 - Puestos abiertos a personal funcionario o laboral fijo, en su caso, de esta Administración...

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