Orden de 9 de marzo de 2017 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se convocan para su provisión mediante el procedimiento de libre designación puestos de trabajo vacantes de la Administración Pública de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Educación y Universidades
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

    1. Autoridades y Personal

    Consejería de Hacienda y Administración Pública

    2100 Orden de 9 de marzo de 2017 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se convocan para su provisión mediante el procedimiento de libre designación puestos de trabajo vacantes de la Administración Pública de la Región de Murcia.

    El Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia, aprobado por Orden de 7 de noviembre de 2007, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (BORM n.º 271, de 23 de noviembre), establece en el capítulo III la provisión de puestos de trabajo mediante libre designación.

    Así, en su artículo 17 se establece que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.1 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, sólo podrán proveerse por libre designación los puestos de Vicesecretarios, Subdirectores Generales y Secretarios particulares de Altos Cargos, así como aquellos otros de carácter directivo o de especial responsabilidad para los que así se determine en las Relaciones de Puestos de Trabajo.

    La presente Orden pretende destinar al personal más adecuado para el correcto desarrollo de las funciones de los puestos de trabajo que deben ser provistos por el sistema de libre designación, reducir la tasa de provisionalidad en el desempeño de los puestos de trabajo lo que supone un incremento en la calidad de los servicios que se prestan al ciudadano. Además, se pretende mediante la provisión de los mismos, la consecución y adquisición definitiva de puestos de trabajo con mayores perspectivas profesionales, presupuesto básico y pilar sobre el que se sustenta la carrera administrativa.

    De acuerdo con lo anterior, estando vacantes en la Administración Pública de la Región de Murcia diferentes puestos de trabajo correspondientes a Subdirectores Generales, y Secretarios particulares de Altos Cargos puestos de especial responsabilidad y confianza, y oídas las Consejerías correspondientes, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.1 del Texto Refundido de la Ley de Función Pública de la Región de Murcia, se hace necesario proceder a la correspondiente convocatoria de provisión de puestos mediante libre designación.

    En su virtud, y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 12.2.j) del mencionado Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, en su redacción dada por la Disposición adicional séptima de la Ley 9/2005, de 29 de diciembre, de Medidas Tributarias en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios del año 2006 y por el artículo 18 del Reglamento General de provisión de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia,

    Dispongo:

    Primero.- Convocar, para su provisión mediante el procedimiento de libre designación, los puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia que se relacionan en Anexo I de la presente Orden.

    Segundo.- Esta convocatoria se regirá por el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia, aprobado por Orden de 7 de noviembre de 2007, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y por las Bases Generales que han de regir las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo de la Administración Regional por el sistema de concurso de méritos, aprobadas mediante Orden de 14 de febrero de 2008, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (BORM n.º 43, de 20 de febrero), así como por las siguientes,

    Bases específicas

  2. Puestos de trabajo que se convocan

    Base 1.ª- Puestos de trabajo que se convocan.

    1.1.- Los puestos de trabajo que se convocan, con indicación de su denominación, localidad, nivel de complemento de destino, complemento específico, así como las condiciones o requisitos necesarios para el desempeño de cada uno de ellos, conforme a lo establecido en las Relaciones de Puestos de Trabajo, son los relacionados en el Anexo I- Puestos abiertos a personal funcionario de esta Administración Regional.

    1.2.- Por lo que se refiere a las características, condiciones o requisitos necesarios para el desempeño de cada uno de los puestos convocados, al figurar en los mismos las codificaciones establecidas en las Relaciones de Puestos de Trabajo, se acompañan a la presente Orden, a efectos de su consulta el Anexo II.- Descripción de la codificación de los Cuerpos, Escalas u Opciones de los puestos convocados, de las siglas contenidas en el apartado de observaciones de la Relación de Puestos de Trabajo, así como de codificación de titulaciones académicas existente en la misma, en su caso.

  3. Requisitos y condiciones de participación.

    Base 2.ª- Participantes.

    El personal al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia podrá solicitar todos los puestos de trabajo relacionados en el Anexo I de esta Orden.

    Base 3.ª- Requisitos de los participantes.

    3.1.-Podrá participar en este procedimiento el personal funcionario que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los requisitos establecidos en esta Orden y en la Relación de Puestos de Trabajo para los puestos convocados, requisitos que deberán mantenerse en el momento de la toma de posesión de los puestos adjudicados, en su caso.

    3.2. El personal funcionario de la Administración Regional en la situación de excedencia voluntaria establecida en el artículo 58 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, podrá participar en la presente convocatoria. No obstante lo anterior, el personal funcionario que se encuentren en la situación de excedencia voluntaria por interés particular podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la...

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