Orden de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo de 29 de enero de 2016, por la que se determinan los procedimientos de respuesta inmediata en materia de seguridad industrial y procedimientos para la puesta en servicio de instalaciones en el ámbito territorial de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo

713 Orden de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo de 29 de enero de 2016, por la que se determinan los procedimientos de respuesta inmediata en materia de seguridad industrial y procedimientos para la puesta en servicio de instalaciones en el ámbito territorial de la Región de Murcia.

La disposición final primera del Decreto 20/2003, de 21 de marzo, sobre criterios de actuación en materia de seguridad industrial y procedimientos para la puesta en servicio de instalaciones en el ámbito territorial de la Región de Murcia, habilita al Consejero de Ciencia, Tecnología, Industria y Comercio para dictar las Ordenes que sean necesarias en materia de ordenación de los procedimientos establecidos en el Capítulo III del mismo.

La Sección 1.ª del Capítulo III, regula el denominado “procedimiento de respuesta inmediata”. En particular el artículo 5.1. establece el citado procedimiento para aquellos asuntos que, en función de su simplicidad, así se determine por Orden de la Consejería competente en materia de industria, en la que se especificará la documentación a presentar y el procedimiento a seguir para cada uno de ellos.

El Decreto de la Presidencia n.º 33/2015, de 31 de julio, por el que se modifica el Decreto de la Presidencia n.º 18/2015, de 4 de julio, de reorganización de la Administración Regional atribuye en su artículo Único, uno.3 a la Consejería de Desarrollo Económico Turismo y Empleo la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno, entre otras materias, en lo concerniente a industria.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Dirección de Energía y Actividad Industrial y Minera, consultado el Consejo Asesor Regional de Industria de la Región de Murcia y de conformidad con lo previsto en los artículos 37,h) de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia y 25.4 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la administración pública de la comunidad Autónoma de la Región de Murcia:

Dispongo:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

La presente Orden tiene por objeto la determinación de los procedimientos de respuesta inmediata, de conformidad con lo...

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