Orden de 1 de marzo de 2013, del Consejero de Cultura y Turismo, por la que se modifica la Orden de 29 de agosto de 2011, por la que se creó el Comité de Tasación de Bienes Muebles del Patrimonio Cultural de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

Por Orden de 29 de agosto de 2011, de la Consejería de Cultura y Turismo (“Boletín Oficial de la Región de Murcia” n.º 224, de 28 de septiembre), se creó el Comité de Tasación de Bienes Muebles del Patrimonio Cultural de la Región de Murcia.

Desde su creación, el Comité de Tasación ha estado realizado las funciones que tiene encomendadas con gran eficacia y acertado criterio, como corresponde a la condición de expertos en la materia de los miembros que lo componen. Ahora bien, con el fin de favorecer la continuidad en su funcionamiento y el desarrollo de sus funciones con el mismo rigor demostrado hasta ahora, es preciso ampliar el marco del cual procedan los miembros del comité, disponiendo su adscripción a la dirección general competente en materia de patrimonio cultural. Con la misma finalidad, se establece que, junto a los titulares, se designe a los suplentes para que puedan sustituir a aquéllos en los casos de ausencia, enfermedad o cuando concurra cualquier otra causa justificada. Por último, se modifica el apartado f) del artículo 3 de la orden por la que se crea el comité, al objeto de que las funciones que le corresponde desarrollar se circunscriban exclusivamente a la tasación o valoración de bienes muebles del patrimonio cultural.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en uso de las atribuciones que me confieren el artículo 16.2 de la mencionada ley,

Dispongo

Artículo único

Se modifica la Orden de la Consejería de Cultura y Turismo de 29 de agosto de 2011, por la que se creó el Comité de Tasación de Bienes Muebles del Patrimonio Cultural de la Región de Murcia, en los siguientes términos:

Uno. El artículo 2 queda redactado del siguiente modo

Artículo 2. Composición

1. El Comité de Tasación de Bienes Muebles del Patrimonio Cultural de la Región de Murcia estará integrado por tres miembros, que deberán ser funcionarios de la dirección general competente en materia de patrimonio cultural.

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