Orden del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, de fecha 29 de diciembre de 2011, relativa a la revisión del Plan General Municipal de Ordenación de Cartagena. Expte. 269/08 de planeamiento.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio
Rango de LeyOrden

Con fecha 29 de diciembre de 2011 el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, ha dictado la siguiente Orden:

Antecedentes de hecho

Primero.- Mediante oficio de la Gerencia de Urbanismo de 22 de marzo de 2010, registrado de entrada en esta Consejería ese mismo día, el Ayuntamiento de Cartagena remite copia del expediente relativo a la Revisión del Plan General Municipal de Ordenación, aprobado provisionalmente mediante acuerdo plenario de 21 de diciembre de 2009 y ejemplar del Texto Refundido del que toma conocimiento el Ayuntamiento mediante acuerdo plenario de 8 de marzo de 2010, según certificaciones emitidas por la Secretaría General que, de ambos acuerdos, adjunta al oficio.

Segundo.- A la vista de la anterior documentación, los servicios técnicos de la Dirección General de Territorio y Vivienda, emiten informe de fecha 13 de abril de 2010, señalando la falta de determinados documentos, poniéndose en conocimiento del Ayuntamiento mediante oficio de esa misma Dirección General de de 22 de abril de 2010, en el que, además, se le advierte que, de conformidad con lo establecido en el artículo 136.1 del Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia, queda suspendida la tramitación del expediente.

Tercero.- Con fecha 5 de mayo de 2010, se registra de entrada en esta Consejería informe remitido por la Confederación Hidrográfica del Segura (C.H.S.) el anterior día 13 de abril de ese mismo año sobre esta revisión de plan general, que, no obstante remite también el Ayuntamiento mediante oficio de la Gerencia de Urbanismo de 6 de mayo de 2010.

Cuarto.- Mediante oficios de la Gerencia de Urbanismo de 11 de mayo y 30 de septiembre de 2010 (registrados de entrada los días 14 de mayo y 1 de octubre de ese mismo año, respectivamente), el Ayuntamiento remite documentación y planos de la revisión del plan general en formato digital, debidamente diligenciados.

Quinto.- Mediante oficio de 8 de marzo de 2011 (registrado de entrada el siguiente día 9 del mimo mes y año), comunica a esta Consejería que, por resolución de la dirección General de Planificación, Evaluación y control Ambiental de fecha 3 de marzo de 2011, se suscribe la Memoria Ambiental propuesta para la revisión del Plan General Municipal de Ordenación -con el alcance y consideraciones finales que se recogen en su Anexo I, tras el procedimiento de evaluación ambiental estratégica seguido que se describe en los Anexos II, III y IV-, a la vez que solicita el levantamiento de la suspensión de la tramitación del expediente. Y, por otro posterior de 24 de marzo de 2011 (registrado de entrada en esta Consejería el siguiente día 25 del mismo mes y año) remite, como documentación incorporada al expediente, aquellos documentos que han sido aportados por este Ayuntamiento ante la Dirección General de Planificación, Evaluación y Control Ambiental, para dar cumplimiento a los requerimientos efectuados para la redacción de la Memoria Ambiental del Plan General.”,

Sexto.- Mediante los oportunos oficios y comunicaciones interiores –todas ellas de 5 de abril de 2011- la Dirección General de Ordenación del Territorio y Vivienda solicitó informe de los organismos estatales y autonómicos que a continuación se relacionan:

Organismos Estatales Direcciones Generales de la C.A.
-Administración de Infraestructuras Ferroviarias, -Dirección General de Ferrocarriles, -Demarcación de Carreteras del Estado, - -Ministerio de Defensa, -Mancomunidad de Canales del Taibilla, - -Dirección General de sostenibilidad de la Costa y el Mar, -D.G.. de Transportes y Puertos. -D.G. de Seguridad Ciudadana y Emerg. -D.G. de Bellas Artes y Bienes Culturales. -D.G. de Turismo -D.G. de Carreteras. -D.G. de Regadíos y Desarrollo Rural. -D.G. del Agua. -D.G. de Industria, Energía y Minas.

Séptimo.- Mediante oficio de su Gerencia de Urbanismo de 8 de abril de 2011, registrado de entrada en esta Consejería el siguiente día 12 del mismo mes y año, el Ayuntamiento de Cartagena remite plano de clasificación y estructura territorial a escala 1: 25.000 de todo el término municipal, que recoge la información del documento refundido aprobado provisionalmente por acuerdo plenario de 21 de diciembre de 2009

Octavo.- Mediante oficio del Director General de Territorio y Vivienda, de 16 de mayo de 2011, se remiten a la Demarcación de Costas de Murcia planos de clasificación y estructura territorial (escalas 1: 10.000 y 1:50000), y CD que contiene el Texto Refundido de dicha revisión aprobado provisionalmente mediante acuerdos plenarios adoptados en sesión de 21 de diciembre de 2009 y 8 de marzo de 2011, a fin de que emita el informe previsto en el artículo 117.2 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

Noveno.- Con fecha 30 de mayo de 2011, la Dirección General de Carreteras de esta Comunidad Autónoma emite informe sobre dicha revisión. Y, con fecha 13 de junio de 2011, lo hace el Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Territorio y Vivienda sobre su Estudio de Impacto Territorial.

Décimo.- Mediante oficio del Director General de Territorio y Vivienda, de 27 de junio de 2011, se comunica al Ayuntamiento que no se ha puesto en conocimiento de esta Administración la aprobación definitiva de los planes de desarrollo del plan general que ahora se revisa y que en el mismo se relacionan, ni se les ha remitido el correspondiente proyecto. Y, en cumplimentación del mismo, el Ayuntamiento, mediante oficio de 12 de julio de 2011, registrado de entrada en esta Consejería el siguiente día 15 del mismo mes y año, expone la situación administrativa de los mismos, a la vez que manifiesta que, las determinaciones del planeamiento actualmente vigente, se encuentran disponibles en la página web de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

Undécimo.- Con fecha de 18 de julio de 2011, se registra de entrada en esta Consejería informe de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar emitido el anterior día 12 del mismo mes y año, que concluye del siguiente tenor literal: “…en tanto no sea tenido en cuenta y cumplimentado lo señalado en los apartados 1, 2, 7 y 9 del presente escrito, esta Dirección General no puede informar favorablemente la Revisión del Plan General de Ordenación de Cartagena. En cualquier caso se deberá tener en consideración lo indicado en el punto 5 sobre la actuación en las fachadas marítimas para la autorización de forma excepcional de nuevos usos y construcciones según lo que establece la Disposición Transitoria Tercera 3.2.ª”.

Duodécimo.- Con fecha 8 de septiembre de 2011, el Servicio de Urbanismo de la Dirección General de Territorio y Vivienda emite nuevo informe que, por su extensión se obvia su transcripción, en el que se señalan una serie de deficiencias.

Decimotercero.- Mediante oficio de 27 de septiembre de 2011, registrado de entrada en esta Consejería el siguiente día 28 del mismo mes y año, el Ayuntamiento remite tres ejemplares del documento elaborado por sus servicios técnicos, en el que se pretende la justificación de los requerimiento señalados en el informe de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, para su tramitación en este expediente. Y, posteriormente, mediante oficio de la Directora General de Ordenación del Territorio y Vivienda de 18 de octubre de 2011, se formuló traslado de un ejemplar de dicha documentación a la referida Dirección General.

Decimocuarto.- La Comisión de Coordinación de Política Territorial, en su sesión de 28 de septiembre de 2011, una vez informada por la Jefe del Servicio de Urbanismo y del Jefe del Servicio de Ordenación del Territorio, acuerda por unanimidad informar favorablemente su aprobación definitiva, a reserva de la cumplimentación de las cuestiones que mas adelante se transcriben. Dándose traslado de la oportuna certificación al Ayuntamiento, junto con los informes emitidos con posterioridad a la aprobación provisional, mediante oficio de la Directora General de Ordenación de 18 de octubre de 2011:

Del informe de la C.C.P.T.

ESTRUCTURA GENERAL Y ORGÁNICA

Los cálculos de edificabilidad en suelo urbano y suelo urbanizable sectorizado deben justificarse con mayor precisión, en base a la edificabilidad residencial de cada zona y sector, teniendo en cuenta las posibilidades reales de edificación para este uso, a efectos de justificación del cumplimiento de los estándares dotacionales, debiendo tenerse en cuenta las modificaciones introducidas en el acuerdo de aprobación provisional, de la memoria ambiental y de las que se señalen para la aprobación definitiva.

SISTEMAS GENERALES

Sólo se puede atribuir aprovechamiento a los sistemas generales vinculados o adscritos cuya obtención se prevea en el plan como obligatoria y gratuita, no a los que ya son de uso y dominio público.

Los sistemas generales que se adscriban a los nuevos sectores que se delimiten sobre el suelo urbanizable sin sectorizar deberán tener el mismo aprovechamiento que el sector al que se adscriben, por lo que debe corregirse lo señalado en el Anejo 1 de la Memoria.

Para garantizar el cumplimiento de los estándares de los sistemas generales dotacionales de espacios libres y equipamientos, la superficie computada en la memoria debe recogerse en las fichas correspondientes de cada sector, precisando netamente las superficies reales sobre la cartografía actualizada.

Sistema General de Espacios Libres

Debe precisarse la justificación del estándar de parques y jardines del SGEL, teniendo en cuenta también la capacidad residencial de los núcleos rurales y computando sólo aquellos suelos que puedan disponer de las condiciones de accesibilidad legalmente exigibles, de forma que se garantice el uso y disfrute por toda la población como parques y jardines públicos.

Todos los SGEL que computen en el estándar exigido por ley deben tener el acceso previsto, ya sea con viales calificados como sistema general, con superficie de...

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