Orden del Excmo. Sr. Consejero de Fomento e Infraestructuras, de fecha 8 de julio de 2016, relativa a error material del PGMO de Lorca en paraje “Casas del Calar”. Expte. 20/16 Planeamiento.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorI.M.A.S.
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejería de Fomento e Infraestructuras

7088 Orden del Excmo. Sr. Consejero de Fomento e Infraestructuras, de fecha 8 de julio de 2016, relativa a error material del PGMO de Lorca en paraje “Casas del Calar”. Expte. 20/16 Planeamiento.

Con fecha 8 de julio de 2016 el Excmo. Sr. Consejero de Fomento e Infraestructuras, ha dictado la siguiente Orden:

Antecedentes de hecho

Primero.- El Ayuntamiento de Lorca, en sesión plenaria de 27 de octubre de 201, acordó rectificar el error material de su Plan General en la una parcela situada en el paraje “Casas del Calar”, clasificada como suelo urbano de núcleo rural.

La documentación correspondiente se remitió a esta Consejería para su conocimiento mediante oficio registrado de entrada el 20 de abril de 2016.

Segundo.- A la vista de dicha documentación el Servicio de Urbanismo emitió, con fecha 8 de junio de 2016, un informe que concluye con el siguiente tenor literal:

«Analizada la documentación presentada se aprecia error en la inclusión de los terrenos “Casas del Calar” como urbano de núcleo rural.

En relación con la corrección la categoría que le corresponde a los terrenos es la de protección por planeamiento, protección ambiental media C1, previa comprobación con el órgano ambiental de que los terrenos se hallan fuera de LIC. Siendo así, la línea de puntos ha de excluir el área y la trama de la protección ambiental C1 la ha de cubrir.

Se observa error en la leyenda del plano aportado donde se identifica una superficie “SCU- sectorizado mediante cédula de urbanización” que no procede y que no se corresponde con la finalidad y capacidad de este tipo de documento».

Fundamentos de derecho

Primero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 136 del Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia (LSRM), corresponde al titular de esta Consejería la aprobación definitiva de los Planes Generales Municipales de Ordenación.

Segundo.- De conformidad con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento los errores materiales existentes en sus actos. Por tanto, y asumiendo el contenido del informe técnico proceder tomar conocimiento de la rectificación llevada a cabo por el Ayuntamiento de...

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