Orden de 2 de septiembre de 2011 del Consejero de Presidencia por la que se prorroga temporalmente el horario de cierre de establecimientos públicos y espectáculos en la ciudad de Murcia.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejeria de Presidencia |
Rango de Ley | Orden |
La celebración de la Feria de Septiembre de 2011, en la ciudad de Murcia, aconseja prorrogar con carácter extraordinario y temporal los horarios de cierre de establecimientos y espectáculos públicos, regulados mediante Circular 2/1994, de 16 de febrero, de la Delegación de Gobierno y Resolución de la Secretaría General Cultura y Educación, de 9 de junio de 1996, dictadas en aplicación de la Orden de 29 de junio de 1981, tanto para las actividades que dispongan de licencia ordinaria según la reglamentación de actividades clasificadas, como para los que tengan la licencia especial según la legislación de espectáculos públicos y actividades recreativas, y todo ello con objeto de dar satisfacción a la demanda social sin perjuicio del mantenimiento de las medidas necesarias para evitar perturbaciones a la seguridad, salubridad y condiciones ambientales.
En su virtud, en aplicación de las facultades que tengo atribuidas y de conformidad con el Real Decreto 1.279/1994, de 10 de junio, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma y el Decreto 53/2001, de 15 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia y el Decreto 150/2007, de 6 de julio, por el que se establecen los órganos directivos de dicha Consejería, he tenido a bien dictar la siguiente
Orden
Primero.- Los establecimientos debidamente autorizados, pertenecientes al Gremio de Hostelería y Bares, Discotecas, Salas de Baile y Bares especiales de la ciudad de Murcia, podrán permanecer abiertos, prorrogando su horario de cierre, en los días del 5 al 13 de septiembre de 2011, ambos inclusive, durante dos horas más sobre el...
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