Decreto n.º 89/2011, de 20 de mayo, de concesión directa al Ayuntamiento de Lorca de subvenciones en materia de empleo, para paliar los daños ocasionados por los movimientos sísmicos sufridos el 11 de mayo de 2011.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

El municipio de Lorca sufrió el pasado 11 de mayo de 2011 un movimiento sísmico de magnitud 5,1 grados según la escala de Richter, precedido por otro de una intensidad de 4,5, cuyo epicentro se ha localizado en la sierra de Tercia, que ha ocasionado numerosos daños personales y materiales. Se trata del suceso más grave de este tipo acaecido en los últimos años en España, lo que ha producido numerosas consecuencias catastróficas entre las que cabe destacar muy especialmente el fallecimiento de nueve personas.

Asimismo, más de dos centenares de personas resultaron heridas, principalmente como consecuencia de los desprendimientos de cascotes que les sorprendieron cuando caminaban por las calles. A ello se le añade que miles de personas fueron desalojadas de sus viviendas y que un elevado número de vecinos tuvieron que abandonar sus domicilios temporalmente ante la posibilidad de que se produjeran nuevos movimientos sísmicos. También se registraron importantes daños en edificios e infraestructuras de titularidad municipal así como en bienes de su valioso y amplio patrimonio cultural.

La magnitud de esta catástrofe exige una acción inmediata de los poderes públicos que lleve a cabo la adopción de diversas medidas paliativas y reparadoras que contribuyan al restablecimiento gradual de la normalidad en la zona.

El artículo 22.2,c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que podrán concederse de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que existan razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

De conformidad con lo previsto en el artículo 23.2 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, las normas especiales reguladoras de las subvenciones previstas en el artículo 22.2,c), deberán ser aprobadas por Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta del órgano competente por razón de la materia para conceder subvenciones.

El Servicio Regional de Empleo y Formación es el organismo autónomo competente en materia de empleo y formación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en virtud de lo dispuesto en la Ley 9/2002, de 11 de noviembre, de creación del mismo, entre cuyas funciones se le atribuye la de gestionar las ayudas y subvenciones de fomento del empleo.

Por todo ello, atendiendo a razones de interés público, económico y social, y en aplicación del principio constitucional de solidaridad, a propuesta del Consejero de Educación, Formación y Empleo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 20 de mayo de 2011,

Dispongo:

Artículo 1 Objeto.

El presente Decreto tiene por objeto establecer la concesión directa de subvenciones al Ayuntamiento de Lorca, destinadas a:

  1. La contratación temporal de trabajadores desempleados para la realización de obras o servicios de interés general y social.

  2. La realización de dos talleres de empleo para el desarrollo de actividades de interés público o social.

Artículo 2 Gastos subvencionables.

Los gastos subvencionables serán:

- Los costes salariales de los trabajadores contratados para la realización de obras o servicios de interés general y social, de conformidad con lo...

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