Decreto número 45/ 2006, de 28 de abril, de modificación parcial del Decreto número 19/ 2005, de 9 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Trabajo y Política Social.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Producida la vacante en la Dirección del Organismo Autónomo I. S. S. O. R. M., con motivo del cese de su titular por nombramiento de la misma como Secretaría Autonómica de Acción Social de la Consejería de Trabajo y Política Social, con esta fecha, y hasta tanto se hagan efectivas las previsiones contempladas en la Disposición Adicional Primera y en el n.º 1 de la Disposición Transitoria Única de la Ley 1/ 2006, de 10 de abril, de Creación del Instituto Murciano de Acción Social, se hace preciso prever el encargo temporal del ejercicio de las competencias atribuidas a la Dirección del citado Organismo Autónomo.

En su virtud, a iniciativa de la Consejera de Trabajo y Política Social, a propuesta del Presidente, a tenor de lo dispuesto en los artículos 22.16 de la Ley 6/ 2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno y 14.1 de la Ley 7/ 2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Murcia, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión de 28 de abril de 2006 Dispongo:

Artículo primero

El número 2 del Artículo Segundo del Decreto 19/ 2005, de 9 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Trabajo y Política Social, queda redactado de la siguiente forma:

  1. Quedan adscritos a la Consejería de Trabajo y Política Social, los siguientes Organismos Autónomos:

-Instituto Murciano de Acción Social, creado por la Ley 1/ 2006, de 10 abril.

-Instituto de Seguridad y Salud Laboral, creado por Ley 1/ 2000, de 27 de junio.

-Servicio Regional de Empleo y Formación, creado por Ley 9/ 2002, de 11 de noviembre.

» Artículo segundo Se añade una Disposición Adicional Única, con el siguiente texto:

Disposición Adicional Única

Régimen de suplencia.

Se designa al titular de la Secretaria Autonómica de Acción Social para el ejercicio, por suplencia, de las competencias que la vigente normativa atribuye a la Dirección del I. S. S. O. R. M., en tanto la misma se encuentre vacante, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las...

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