Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en fecha 7 de febrero de 2014, relativo a la aprobación definitiva de la modificación n.º 24 del Plan General Municipal de Ordenación Urbana (PGMO) de Puerto Lumbreras, glorieta en Avenida de Astudillo. Expte. 147/11 de planeamiento.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio
Rango de LeyAcuerdo

Con fecha 7 de febrero de 2014 el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha adoptado el siguiente acuerdo:

Antecedentes de hecho

Primero.- El Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, por acuerdo plenario de 31 de diciembre de 2012, aprobó inicialmente la modificación de referencia, y, la sometió a información pública mediante la inserción de los correspondientes anuncios en los diarios La Verdad y La Opinión de 29 de febrero de 2011 y BORM de 2 de marzo de ese mismo año.

Segundo.- La presente modificación fue aprobada provisionalmente mediante acuerdo plenario de 29 de mayo de 2012 y nuevamente sometida a información pública mediante la publicación de los correspondientes anuncios en los diarios La Razón de 29 de junio de 2012 y La Opinión de 2 de julio de 2012, y en el BORM de 3 de julio de 2012. La documentación correspondiente se remitió a la Dirección General de Territorio y Vivienda mediante oficio registrado de entrada el día 16 de octubre de 2012.

Asimismo y mediante oficio registrado de entrada el día 13 de noviembre de 2012 se remitió certificado de la Secretaría General del Ayuntamiento en el que se indicaba que en el trámite de información pública realizado tras la aprobación provisional no se habían producido alegaciones.

Tercero.- Con fecha 17 de diciembre de 2012, el Servicio de Urbanismo emite informe sobre la documentación que hasta ese momento conforma dicha Modificación, que indica que no se observan deficiencias técnicas. Y, la Comisión de Coordinación de Política Territorial, en su sesión de 28 de diciembre de 2012, y, oídos el anterior informe acuerda no se observan deficiencias técnicas por lo que procede su remisión a la Dirección de los Servicios Jurídicos

Cuarto.- Consta un informe de la Dirección General de Bienes Culturales de 17 de diciembre de 2012 en el que se indica que en la zona de la modificación no existen elementos catalogados.

Quinto.- Con fecha 15 de noviembre de 2013 la Dirección General de Territorio y Vivienda emite informe favorable a la presente Modificación.

Asimismo, el Servicio Jurídico de la Secretaría General emite informe con fecha 26 de noviembre de 2013

Fundamentos de derecho

Primero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 149.3 del Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia (TRLSRM) corresponde al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma la aprobación definitiva de las...

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