Decreto n.º 166/2010, de 25 de junio, por el que se modifica el Decreto n.º 72/2007, de 11 de mayo, en lo relativo al plazo de justificación de la subvención otorgada al Ayuntamiento de Ojós.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejo de Gobierno |
Rango de Ley | Decreto |
Corresponde a la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, en virtud del Decreto n.º 283/2009, de 11 de septiembre, la competencia en materia de Administración Local que comprende, conforme al artículo quinto del citado decreto, la asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los Entes Locales.
Esta competencia deriva de lo dispuesto en el artículo 18.1 del Estatuto de Autonomía, según el cual se entenderán asumidas por la Comunidad Autónoma todas las competencias, medios, recursos y servicios que, de acuerdo con la legislación del Estado, correspondan a las Diputaciones provinciales y aquellas que en el futuro les puedan ser atribuidas.
En virtud de estas competencias, con fecha 25 de mayo de 2007, se suscribió un convenio de colaboración entre la Consejería de Presidencia y el Ayuntamiento de Ojós para la financiación de la obra “ACONDICIONAMIENTO INTERIOR DE LA CASA CONSISTORIAL”, valorado inicialmente en 166.960,56 euros, mediante la concesión directa de una subvención máxima de 150.000 euros.
De conformidad con lo dispuesto en la Cláusula quinta del citado convenio y en el artículo 6.2 del Decreto 72/2007 de 11 de mayo, por el que se regula la concesión directa de una subvención a los Ayuntamientos de Ojós, Cehegín, Cieza y Mula, con destino a actuaciones de adecuación y mejora de distintas instalaciones e infraestructuras municipales, la entidad beneficiaria deberá justificar antes del 30 de junio de 2010, la realización de la inversión subvencionada con la presentación de la documentación indicada en la citada cláusula.
Con fecha 31 de mayo de 2010, el Organismo beneficiario indica que, aunque las obras están muy avanzadas, es previsible la imposibilidad de cumplir con los plazos de ejecución y justificación indicados en el citado convenio y decreto, por lo que solicita que sea ampliado el plazo de ejecución y justificación hasta el día 30 de septiembre de 2010.
Para poder atender la petición expuesta, y considerando la posible concurrencia de causas sobrevenidas, se entiende necesario proceder a la suscripción de una Addenda al convenio de colaboración suscrito entre la Consejería de Presidencia y el Ayuntamiento de Ojós, previa modificación del Decreto 72/2007, de 11 de mayo (BORM n.º 116 de 22 de mayo).
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia y Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día...
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