Orden de 24 de julio de 2013, de la Consejera de Sanidad y Política Social por la que se modifica la Orden de 24 de enero de 2013, por la que se aprueban las Bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a instituciones sin fin de lucro para el desarrollo de programas destinados a la integración socio-laboral y mejora de la empleabilidad de personas en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Sanidad y Política Social
Rango de LeyOrden

Por Orden de 24 de enero de 2013, de la Consejera de Sanidad y Política Social (BORM n.º 33 de 9 de febrero de 2013) por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a instituciones sin fin de lucro para el desarrollo de programas destinados a la integración sociolaboral y mejora de la empleabilidad de personas en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades, Corrección de errores de fecha 7 de junio de 2013 (BORM n.º 143 de 22 de junio de 2013).

Para un mejor cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 apartado e) de la Ley General de Subvenciones se ha considerado la necesidad de establecer en las bases reguladoras los criterios de valoración aplicables a los programas que presenten las Entidades que opten a la subvención, así como la ponderación de los mismos en lugar de recogerlos únicamente en la distintas convocatorias. Además se ha aprovechado esta modificación para concretar en las bases reguladoras el órgano competente para la Instrucción del procedimiento de concesión que antes se concretaba en la Convocatoria, así como para ajustar las titulaciones universitarias de los profesionales que desarrollan los programas a las actualmente reconocidas por el Ministerio de Educación y Ciencia.

En otro orden de cosas, y respecto a la justificación de las subvenciones, se ha clarificado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 90.1 de Reglamento (CE) 1083/2006, hasta que fecha el beneficiario debe conservar los documentos originales justificativos de la subvención y se han añadido algunos documentos necesarios para una adecuada justificación.

En su virtud, a propuesta de la Dirección Gerencial del Instituto Murciano de Acción Social, y de conformidad con lo establecido en el artículo 52.1 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en uso de las facultades que me confiere la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (en adelante LSCARM), en sus artículos 10.1 y 17.2 en relación con el artículo 9.1 b) del Decreto 305/2006, de 22 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Murciano de Acción Social,

Dispongo

Artículo único Modificación de la Orden de 24 de enero de 2013, de 9 de febrero, por la que se aprueban las Bases Reguladoras de las subvenciones dirigidas a Instituciones sin Fin de Lucro para el desarrollo de programas destinados a la integración socio-laboral y mejora de la empleabilidad de personas en...

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