Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se dispone la puesta en circulación de dos emisiones de deuda pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

El Consejo de Gobierno, en su reunión de 17 de febrero de 2012, ha acordado disponer la creación del endeudamiento por plazo de reembolso superior a un año, así como del definido en el artículo 86, apartado 2, del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, hasta el importe establecido en el artículo 48, apartados 1 y 2 de la Ley 6/2011, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2012, una vez obtenida la autorización prevista en el artículo 14 de la LOFCA, y ha establecido como criterios generales a que deberá ajustarse dicha emisión o contracción del mismo.

En cuanto al importe el endeudamiento cabe señalar que el artículo 48 de la Ley 6/20111, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2012 autoriza al Consejo de Gobierno para que, a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda disponga la realización de operaciones de endeudamiento dentro del límite establecido en el mismo.

El Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 23 de marzo de 2012 autoriza a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a prorrogar, hasta el 30 de junio de 2012, autorizaciones del ejercicio anterior por el importe pendiente de formalizar de 183 millones de euros.

El apartado 3 del artículo 87 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia aprobado por Decreto Legislativo 1/1999 de 2 de diciembre, establece que la emisión o contracción de Deuda Pública Regional habrá de ser autorizada, en todo caso, por el Consejero de Economía y Hacienda.

En su virtud,

Dispongo

Primero.- Autorizar la puesta en circulación dos emisiones de deuda pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia destinadas a personas físicas o jurídicas residentes en cualquier estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. Dichas emisiones tendrán las características particulares que se indican a continuación:

* Emisión Serie A: plazo emisión 12 meses

- Cupón: Fijo, 5,00% anual.

- TAE anual: 5,00%.

- Pago de intereses: Un pago único al vencimiento.

- Base de cálculo de los intereses: Los intereses se calcularán sobre la base Act/Act ICMA (Convención Act/Act Non-Adjusted, FBD).

- Fecha de vencimiento: Al cumplirse un año desde la fecha de emisión y desembolso.

- Código ISIN: ES0000102212.

* Emisión Serie B: plazo emisión 24 meses

- Cupón: Fijo, 5,50% anual, pagadero trimestralmente.

- TAE anual...

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