Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se dispone la puesta en circulación de dos emisiones de deuda pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

El Consejo de Gobierno, en su reunión de 25 de marzo de 2011, ha acordado disponer la creación del endeudamiento por plazo de reembolso superior a un año, así como del definido en el artículo 86, apartado 2, del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, hasta el importe establecido en el artículo 50, apartados 1 y 2 de la Ley 4/2010, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2011, una vez obtenida la autorización prevista en el artículo 14 de la LOFCA, y ha establecido los criterios generales a que deberá ajustarse dicha emisión o contracción del mismo.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, los Acuerdos de Consejo de Ministros de 1 de julio de 2011 y 23 de septiembre de 2011 autorizan a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a realizar operaciones de endeudamiento hasta un importe máximo de 464.000.000 euros y 432.000.000 euros, respectivamente.

El apartado 3 del artículo 87 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia aprobado por Decreto Legislativo 1/1999 de 2 de diciembre, establece que la emisión o contracción de Deuda Pública Regional habrá de ser autorizada, en todo caso, por el Consejero de Economía y Hacienda.

En su virtud,

Dispongo

Primero.- Poner en circulación dos emisiones de deuda pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia destinadas al público en general.

Segundo.- Las emisiones tienen las siguientes características:

Emisión Serie A: plazo emisión 12 meses

- Importe de la emisión: Será publicado mediante Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de la Región de Murcia en el Boletín Oficial de la Región de Murcia una vez finalizado el periodo de suscripción en función de la demanda de los inversores de la Emisión Serie A o la Emisión Serie B, siendo el importe máximo conjunto de ambas de hasta setecientos treinta y cinco millones de euros (735.000.000,00 euros).

- Tipo de emisión: A la par.

- Nominal de los valores: 1.000 euros.

- Cupón: Fijo, 4,75% anual.

- TAE anual: 4,75%.

- Base de cálculo y convención de día hábil a efectos de pago de intereses: Los intereses se calcularán sobre la base Act/Act ICMA No Ajustada, Convención Día Hábil Siguiente (Following Business Day).

- Pago de intereses: Un pago único al vencimiento.

- Importe mínimo de las peticiones: El importe nominal mínimo de las...

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