Decreto n.º 99/2012, de 20 de julio, de concesión directa de subvención a la “Asociación para el desarrollo de la Salud Mental de la Infancia y la Juventud, Quiero Crecer” para la realización de proyectos de intervención psicológica con menores y de asesoramiento con los agentes implicados en los procesos educativos de hijos e hijas de mujeres víctimas de violencia de género.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, reconoce en el artículo 19 el derecho a la asistencia social integral de las mujeres víctimas de violencia de género.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, le corresponde a la Consejería de Presidencia, según el Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma n.º 24/2011, de 28 de junio, por el que se establece el Orden de prelación de las Consejerías de la Administración Regional y sus competencias, la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de prevención de la violencia de género.

Por su parte, la Ley 7/2007, de 4 de abril, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y de Protección contra la Violencia de Género en la Región de Murcia, en su artículo 47 establece la obligación de las administraciones publicas de proporcionar a las mujeres una asistencia integral, para paliar las consecuencias físicas y psíquicas que la violencia causa sobre ellas, comprendiendo dicha asistencia integral el aseguramiento de su seguridad, la atención a su salud física y mental, así como a sus necesidades jurídicas, sociales y económicas, pudiendo beneficiarse de estos recursos las víctimas, los menores y las menores que se encuentren bajo su patria potestad, guarda o tutela y, en su caso, cualquier otra persona dependiente de la mujer víctima de violencia de género.

Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 22 de junio de 2012 se formalizaron los criterios de distribución y las cuantías resultantes entre las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, del crédito de 5.000.000 € para el desarrollo de programas y la prestación de servicios que garanticen el derecho a la asistencia social integral a las víctimas de violencia de género.

Como consecuencia de ello la Consejería de Presidencia, siendo consciente de las consecuencias que para los menores tiene vivir o haber vivido como víctimas directas o indirectas de situaciones de violencia de género en sus hogares, considera conveniente establecer una línea de actuación específica de atención y tratamiento psicológico a los/as menores y jóvenes que se encuentran en estas condiciones, así como de asesoramiento con los/as agentes implicados en los procesos educativos de aquellos/as persiguiendo como objetivo fundamental conseguir un completo abordaje del problema de la violencia de género, incluyendo en los procesos de prevención y asistenciales habituales con mujeres víctimas de violencia de género, la necesaria intervención psicológica con los/as menores habida cuenta que son los grandes olvidados de esta lacra social, el asesoramiento a las madres y a los profesionales que intervienen en su desarrollo y formación, fundamentalmente el profesorado.

Para la implantación de estos proyectos se hace necesario contar con la “Asociación para el desarrollo de la salud mental de la infancia y de la juventud, QUIERO CRECER” como entidad especializada en el desarrollo y la aplicación de programas de tratamiento e intervención psicológica con menores y jóvenes que han sido o están siendo expuestos a situaciones de violencia en sus hogares, con la capacitación necesaria para ejecutar esta propuesta con las adecuadas garantías de calidad en la asistencia requerida para contribuir a la mejora de esta compleja problemática.

Entendiendo que existen razones de interés público y social que lo justifican, dicha subvención se concede de forma directa, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en relación con el artículo 22.2.c de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, correspondiendo la concesión de una subvención de esta naturaleza al Consejero de Presidencia, como órgano gestor de la política en materia de Violencia de Género, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 de la mencionada Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 20 de Julio de 2012, de conformidad con lo previsto en el artículo 23.2 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en relación con el artículo 25.2 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,

Dispongo

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