Reglamento de Gestión de Convenios Urbanísticos.

SecciónAdministración Local
EmisorPuerto Lumbreras
Rango de LeyReglamento

El Pleno del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras en sesión celebrada el día 29 de noviembre de 2004, aprobó provisionalmente "El Reglamento de Gestión de Convenios Urbanísticos", habiendo sido expuesto al público en el Tablón de Anuncios y en el B. O.R. M. n.º 8 de fecha 12 de enero de 2005, desde el día 13 de enero hasta el día 17 de febrero de 2005 sin que se hayan presentado reclamaciones, dicho acuerdo ha quedado elevado a definitivo.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/ 1985 de 2 de abril, se procede a la publicación ntegra de dicho Reglamento:

"Reglamento de Gestión de Convenios Urbanísticos Capítulo I. Disposiciones Generales.

Artículo 1 Objeto y finalidad de la Norma.

Este Reglamento se dicta con el objeto de ofrecer una regulación que garantice la participación pública, publicidad y concurrencia en el proceso de tramitación de los convenios urbanísticos que el Ayuntamiento suscriba al amparo de lo establecido por el artículo 158 de la Ley del Suelo de la Región de Murcia, a fin de garantizar la transparencia del mismo.

Artículo 2 Definición del concepto de Convenio Urbanístico.

El Convenio Urbanístico no es una mera declaración de intenciones, sino una auténtica convención negocial obligatoria, en virtud de la cual se procede a dar forma a un negocio jurídico de naturaleza patrimonial, entre dos partes, Administración por una, y propietarios o promotores por otra.

Se trata de un verdadero contrato con derechos y obligaciones recíprocas o bilaterales para ambas partes.

Artículo 3 Sujetos de los Convenios Urbanísticos.

El Ayuntamiento podrá suscribir convenios urbanísticos con otras Administraciones Públicas, con entidades de derecho público de ellas dependientes, con consorcios y sociedades urbanísticas, y con particulares, ya sean personas físicas o jurídicas.

Artículo 4 Finalidad de los Convenios Urbanísticos.

Los Convenios Urbanísticos que suscriba el Ayuntamiento podrán atender a finalidades tales como las siguientes:

  1. Modificación del planeamiento vigente.

  2. Ejecución del planeamiento vigente.

  3. Formalización de los compromisos de cesión de suelos dotacionales y aquellos en los que se localice el aprovechamiento que según la normativa urbanística corresponda a la Corporación.

  4. Monetarización del aprovechamiento correspondiente a la Corporación.

  5. Fijación del justiprecio o pago del mismo en terrenos municipales o en aprovechamiento, en procesos expropiatorios.

  6. Cualesquiera otros que, sinlimitar las potestades de planificación municipales, ni ir en contra de normas imperativas, sirvan al fin último de mejorar y hacer más eficaz el desarrollo de la actividad urbanística.

Artículo 5 Naturaleza de los Convenios.

Desde el momento en que interviene una Administración Pública, en este caso un Ayuntamiento, ejercitando potestades públicas como pueden ser facultades de modificación o ejecución del planeamiento, formalización de compromisos de promotores, monetarización del aprovechamiento que corresponde a la Administración, acuerdos en el ejercicio de facultades expropiatorias, etc.

, el convenio tiene una clara naturaleza administrativa, por lo que se le aplicará el régimen propio de los contratos administrativos, sometiéndose a normas de Derecho administrativo y no civil.

Artículo 6

-Contenido de los Convenios Urbanísticos.

Los convenios urbanísticos tendrán el siguiente contenido mínimo:

  1. Las partes que lo suscriben identificando, en su caso, la representación que ostentan.

  2. Objeto y contenido de la actuación que se pretende llevar a cabo, exponiendo los fundamentos legales y las causas de interés público que justifican su existencia.

  3. Contraprestaciones de las partes y efectos del incumplimiento de las mismas, con las compensaciones o sanciones que sean pertinentes.

  4. Planos de situación de los terrenos afectados por el Convenio.

  5. Valoraciones pertinentes, en el supuesto de Convenios en los que se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR