Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se fija el procedimiento a través del que se deberán cumplimentar en internet las solicitudes relacionadas con las bolsas de trabajo del Servicio Murciano de Salud.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorServicio Murciano de Salud
Rango de LeyResolución
  1. Comunidad Autónoma

  1. Autoridades y Personal

Consejería de Sanidad

Servicio Murciano de Salud

4064 Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se fija el procedimiento a través del que se deberán cumplimentar en internet las solicitudes relacionadas con las bolsas de trabajo del Servicio Murciano de Salud.

Antecedentes

  1. ) En la actualidad, la selección del personal estatutario temporal del Servicio Murciano de Salud está regulada en la Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud (BORM 21.12.2001), que ha sido desarrollada en esta materia por la Orden de 12 de noviembre de 2002, de la Consejería de Sanidad y Consumo (BORM n.º 280 de 3 de diciembre). Dicha normativa recoge como principios rectores a los que deben someterse los procesos de selección los de igualdad, mérito y capacidad, así como establece la necesidad de que estos procesos aseguren la debida agilidad en la contratación de personal por la especial transcendencia que tiene garantizar, en todo momento, la asistencia sanitaria.

  2. ) Dentro de las líneas de desarrollo y mejora de la gestión de los procesos de selección de personal temporal, el Servicio Murciano de Salud está inmerso en su automatización y digitalización, cuyo objetivo es la implantación progresiva de un sistema de gestión electrónica integral de la bolsa de trabajo.

  3. ) En esta línea de desarrollo, la presente resolución pretende poner en marcha la primera fase de este proceso, en la que, dando cabida a ese objetivo, se opta por un modelo en el que los interesados, tanto para inscribirse por vez primera, como para aportar nuevos méritos, cumplimenten la solicitud correspondiente a través de internet, en la web configurada al efecto, y tras ello la presenten en alguno de los registros a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    A su vez, en esta misma fase, una vez garantizada la identificación de quienes se hallen inscritos en la bolsa de trabajo, éstos deberán realizar determinadas gestiones a través de la web, y en particular, la modificación de sus datos personales y de las áreas de salud en las que deseen estar inscritos.

  4. ) De este modo, con la entrada en vigor de esta resolución resultan modificadas las diferentes resoluciones del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por las que se convocaron las...

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