Orden de 26 de abril de 2012, de la Consejería de Economía y hacienda, por la que se da aplicación respecto del Servicio Murciano de Salud a la revisión del artículo 35 de la ley 5/2010, de 27 de diciembre, de medidas extraordinarias para la sostenibilidad de las finanzas públicas.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

La Ley 5/2010, de 27 de diciembre, de medidas extraordinarias para la sostenibilidad de las finanzas públicas, previó en su artículo 35 la posibilidad de someter al ejercicio de la función interventora a cualquiera de los entes públicos, entidades públicas empresariales, fundaciones o sociedades del sector público regional cuando fuera necesario para asegurar una más adecuada gestión de los mismos.

En esta misma línea, el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas presentó al Consejo de Ministros de 5 de enero de 2012 un Informe sobre la situación del sector público empresarial en España en el que se incluyen una serie de medidas tendentes a la reordenación del sector público, que no sólo persigue reducir la dimensión del sector público empresarial, sino controlar su actividad y racionalizar su organización, todo ello en el marco de la necesaria disciplina en la que tiene que desarrollarse la actividad de las Administraciones sin menoscabo de la calidad de los servicios que prestan. Así, se plantean una serie de medidas de racionalización que afectan al sector público dependiente de la Administración central, autonómica y local en tres ámbitos: medidas de reducción del gasto público, medidas de control del gasto gestionado por el sector público empresarial y medidas de racionalización en la gestión de la actividad empresarial pública.

Dentro del segundo grupo de medidas, se propone reorientar la organización del sector público hacia fórmulas jurídicas sometidas al derecho administrativo y control presupuestario sin menoscabo de la necesaria agilidad y eficiencia. Este sometimiento al régimen jurídico-económico público abarcaría, según el referido informe, aspectos como la aplicación de los procedimientos propios del régimen de contratación de las administraciones públicas, la fiscalización de los actos de contenido económico, el carácter limitativo y vinculante de sus presupuestos y el registro de su actividad con arreglo a los principios y normas propios de la contabilidad pública.

Esta Comunidad Autónoma, dentro de la senda de reestructuración de su sector público y su sometimiento a nuevas formas de control, participa de la visión...

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