Orden del 17 de febrero de 2011 de la Consejería de Educación, Formación y Empleo por la que se resuelve de forma parcial la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de Programas de Cualificación Profesional Inicial, a iniciar durante el 2010, en las modalidades de Taller Profesional e Iniciación Profesional Especial así como Planes de Inserción Laboral.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Educación, Formación y Empleo
Rango de LeyOrden

Con fecha 24 de junio de 2010 se publicó en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, la Orden de 14 de junio de 2010, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión y justificación de subvenciones para el desarrollo de Programas de Cualificación Profesional Inicial, en las modalidades de Taller Profesional e Iniciación Profesional Especial, así como Planes de Inserción Laboral, a iniciar en el año 2010.

Mediante la Orden de 2 de julio de 2010 de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, BORM 12 de julio, se publicó la convocatoria para estas subvenciones.

En su virtud, y a propuesta del Director General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas, de conformidad con el artículo 19 de la ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y conforme a lo previsto en el artículo 16, apartado n, de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Dispongo

Primero. Aprobar la propuesta definitiva de concesión de subvenciones efectuada por la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas según anexo 1.

Segundo. Denegar los proyectos presentados por las Entidades que se relacionan en el anexo 2, por las causas que se especifican en el mismo.

Tercero. Calendario de inicio de actividades.

Las actividades formativas no empezarán después del 30 de octubre de 2010. La fecha máxima para la finalización del programas será el 31 de agosto de 2011.

Excepcionalmente y previa autorización de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas se podrán modificar dichas fechas.

Cuarto. Gastos subvencionables.

Serán gastos subvencionables los realizados a partir del día 30 de septiembre de 2010.

Quinto. Régimen de recursos.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse el recurso potestativo de reposición a que hacen referencia los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico...

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