Resolución de la Dirección General de Medio Ambiente de inscripción como Entidad Colaboradora en materia de Calidad Ambiental de la Mercantil Tüv Rheinland Ibérica Inspection, Certification And Testing, S.A.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyResolución

Visto el expediente ECA 1/12 seguido a TÜV Rheinland Ibérica Inspectión, Certification And Testing, S.A., con C.I.F. A-59555466 y domicilio para notificaciones en Avda. Bruselas, s/n, Edif. Usos Múltiples, despacho 15, Polígono Industrial Cabezo Beaza, 30353-Cartagena, al objeto de inscribir a la mercantil como Entidad Colaboradora en materia de calidad ambiental, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto n.º 27/1998 de 14 de mayo (B.O.R.M. N.º 117, de 23 de mayo), norma reguladora de la materia y demás normativa aplicable, resulta:

  1. Antecedentes de Hecho

    Primero. Mediante escri??to de fecha 3 de febrero de 2012, la mercantil solicitó la inscripción en el Registro de Entidades Colaboradoras en materia de calidad ambiental, no especificándose expresamente para que materias se solicitaba la inscripción. Posteriormente, mediante escritos presentados el 22 de marzo de 2012 y el 28 de junio de 2012, los campos y modalidades solicitados finalmente son:

    1. Operaciones de toma de muestras, análisis, verificación y otras dirigidas a identificar y caracterizar residuos y efluentes de cualquier naturaleza:

      Para ruido.

    2. Emisión de informes para asistencia técnica en la comprobación y vigilancia del cumplimiento de las condiciones impuestas en las actas de puesta en marcha y los programas de vigilancia ambiental:

      Para residuos, ruido, vertidos y calidad del agua y emisiones y calidad del aire.

    3. Emisión de informes para asistencia técnica en la comprobación y dictamen sobre el funcionamiento, el estado y el mantenimiento de los sistemas de autocontrol y de las instalaciones de anticontaminación y la eficacia de las medidas de corrección adoptadas y, en general, asistencia técnica en la comprobación del cumplimiento de las normas en materia de calidad ambiental, y en los procedimientos de adecuación ambiental de industrias, actividades e infraestructuras:

      Para residuos, ruido, vertidos y calidad del agua y emisiones y calidad del aire.

      Segundo. Con fecha 25 de julio de 2012, tras las comprobaciones necesarias, se ha emitido informe técnico en el que se determina que la entidad cumple con los requisitos establecidos en el Decreto 27/1998, para la inscripción en los campos y modalidades siguientes:

      Campos c) y e) para ruido, vertidos y calidad del agua y emisiones y calidad del aire.

      Campos c) y e) para residuos, siempre y cuando los procedimientos se adapten a lo establecido en la ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

      En...

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