Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma n.º 7/ 2003, de 10 de junio, de convocatoria de la sesión constitutiva de la Asamblea Regional electa.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorPresidencia
Rango de LeyDecreto

De conformidad con lo establecido en los artículos 24.4 del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, y 17 de la Ley Electoral de la Región de Murcia, así como en el Decreto de esta Presidencia número 4/ 2003, de 31 de marzo, de convocatoria de Elecciones a la Asamblea Regional de Murcia Vistos, asimismo, los artículos 6 al 9, ambos inclusive, del vigente Reglamento de la Cámara y en uso de las facultades que los mencionados preceptos me confieren Dispongo

Artículo 1 º Se convoca la Asamblea Regional electa para el día 19 de junio de 2003, a las doce horas, en la sede del Parlamento, Paseo Alfonso XIII, de Cartagena.
Artículo 2 º Previamente a la constitución de la Asamblea, los Diputados electos deberán acreditar tal condición, mediante la presentación de la oportuna credencial en la Secretaría General de la Cámara, de conformidad con lo establecido en el art.

º 10 del Reglamento de la Asamblea Regional.

A la credencial, unirán la declaración de todas las actividades que puedan constituir causa de incompatibilidad, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 5/ 1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General y en la Ley 5/ 1994, de 1 de agosto, del Estatuto Regional de la Actividad Política.

Artículo 3 º La sesión constitutiva se ajustará al siguiente Orden del Día:
  1. Constitución de la Mesa de Edad.

  2. Apertura de la Sesión, lectura del Decreto de Convocatoria, así como de la relación de Diputados electos y, en su caso, de los recursos contenciosos electorales interpuestos, con...

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