Orden del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de 26 de julio de 2010, de aprobación definitiva parcial, a reserva de subsanación de deficiencias, del Plan General Municipal de Ordenación de Albudeite. Expediente: 252/05 de planeamiento.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio
Rango de LeyOrden

Con fecha 26 de julio de 2010 el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, ha dictado la siguiente Orden:

Antecedentes de hecho

PRIMERO.- El Ayuntamiento de Albudeite, mediante acuerdo plenario adoptado en sesión de 14 de mayo de 2004, aprobó el avance del Plan General Municipal de Ordenación de su término municipal, que sometió a información pública mediante la inserción de los correspondientes anuncios en el BORM (de 12 de junio de 2004) y los diarios La Opinión y La Verdad (de 26 de ese mismo mes y año). Posteriormente, y mediante acuerdo, igualmente plenario, de 11 de mayo de 2006, aprobó inicialmente dicho Plan General y lo sometió igualmente a información pública mediante la inserción de los oportunos anuncios en los diarios La Opinión (de 25 de mayo de 2006), La Verdad (de 30 de ese mes) y BORM (correspondiente al día 7 de agosto de ese mismo año), siendo sometido a informe de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo mediante oficio de alcaldía de 8 de agosto de 2006 (RE: 11/8/06).

SEGUNDO.- Mediante acuerdo plenario del Ayuntamiento, de fecha 10 de mayo de 2007, se acordó aprobar provisionalmente el Plan General Municipal de Ordenación (en adelante PGMO) de Albudeite, resolver sobre las alegaciones habidas durante el trámite de información pública y abrir un nuevo período de información pública de un mes de duración. Los anuncios fueron publicados en los diarios La Verdad, La Opinión y BORM, todos ellos de 13 de julio de 2007.

TERCERO.- Como consecuencia del anterior trámite de información pública el Ayuntamiento, en sesión plenaria de 31 de enero de 2008, aprobó provisionalmente su PGMO con las modificaciones introducidas tras la estimación de alegaciones.

La documentación correspondiente a dicho Plan General así como el expediente administrativo municipal fue remitido a la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes mediante oficio de alcaldía de 14 de febrero de 2008 (RE: 18/2/08).

CUARTO.- Con fecha 18 de mayo de 2007, el Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Transportes dictó Orden por la que declaraba la inviabilidad de la aprobación definitiva del PGMO de Albudeite con anterioridad al 21 de julio de 2006, a los efectos previstos en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 9/2006.

QUINTO.- Mediante oficio de 13 de marzo de 2008, el Director General de Urbanismo puso de manifiesto al Ayuntamiento que dicho proyecto no estaba completo ya que faltaba documentación. Entre los documentos que faltaba se encontraba la Declaración de Impacto Ambiental con su correspondiente Estudio de Impacto Ambiental (en adelante EIA), por lo que quedaba suspendida la tramitación del Plan General.

SEXTO.- El Ayuntamiento de Albudeite, mediante oficios de alcaldía de 13 de junio de 2008 (RE: 17/6/08), 2 de septiembre de 2008 (RE: 19/9/08) y 2 de octubre de 2008 (2/10/08) remitió documentación complementaria de su Plan General. Y a la vista de dicha documentación, el Director General de Urbanismo y Ordenación del Territorio mediante oficio de 16 de octubre de 2008 puso de manifiesto al Ayuntamiento que el proyecto aun no estaba completo.

SÉPTIMO.- La Dirección General de Planificación, Evaluación y Control Ambiental, dictó, con fecha 29 de diciembre de 2008, Declaración de Impacto Ambiental sobre el Plan General Municipal de Albudeite.

OCTAVO.- El Ayuntamiento, mediante oficio de alcaldía de 21 de abril de 2009 (RE: 22/4/09) y 12 de mayo de 2009 (RE: 12/5/09) remitió, respectivamente, el Estudio de Impacto Territorial y Estudio de Impacto Ambiental y las memorias, normas urbanísticas, catálogo y planos del PGMO, aprobados todos ellos en sesión plenaria de 21 de abril de 2009.

NOVENO.- El Director General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, mediante los respectivos oficios –todos ellos de fecha 12 de junio de 2009–, solicitó informe de: Confederación Hidrográfica del Segura, Mancomunidad de Canales del Taibilla, Dirección General de Industria, Energía y Minas, Dirección General del Agua, Dirección General de Regadíos y Desarrollo Rural, Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad, Dirección General de Planificación, Evaluación y Control Ambiental, Dirección General de Carreteras, Dirección General de Infraestructuras de Turismo y Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales. En el expediente constan, hasta el momento, la emisión de los siguientes:

- Informe de la Dirección General de Carreteras, de 19 de junio de 2009, que señala determinadas cuestiones en relación con las líneas limite de edificación, accesos a las carreteras regionales, la necesidad de establecer una reserva de suelo para el acondicionamiento de la carretera RM-C3, la necesidad de prever la construcción de glorietas en las intersecciones de la carretera RM-531 con los viales principales de acceso al núcleo urbano de Albudeite, y en la intersección de la RM-531 con la RM-B13. Asimismo indica, en relación con las autorizaciones en suelo no urbanizable, qué instalaciones se consideran al servicio de la carretera.

- La Dirección General de Planificación, Evaluación y Control Ambiental, con fecha 14 de julio de 2009, remite informes del Servicio de Ordenación y Gestión de los Recursos Naturales de 26 de octubre de 2007 y del Servicio de Información e Integración Ambiental de 31 de octubre de 2008, que sirvieron de base para dictar la Declaración de Impacto Ambiental.

- Informe de la Dirección General de Infraestructuras de Turismo de 22 de julio de 2009, que hace varias recomendaciones en relación con la normativa para favorecer la implantación de usos turísticos en las distintas clases de suelo. Indica que debe mantenerse el trazado de la vía verde y regular el uso y separación de las edificaciones.

- Con fecha 29 de julio de 2009 la Dirección General de Industria, Energía y Minas informa que debe adecuarse la planimetría a la realidad de las instalaciones eléctricas existentes y a las necesidades futuras. Señala que conviene incluir en el texto los sistemas gasistas y de hidrocarburos líquidos previstos para el desarrollo de los diferentes sectores, así como la necesidad de actualizar las referencias legislativas y reglamentarias.

- Informe de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla de 29 de octubre de 2009, que indica que cualquier afección o reposición de las infraestructuras de dicho organismo debe ser autorizada.

- La Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad, con fecha 2 de noviembre de 2009, indica que no es posible la comprobación de las cuestiones relacionadas con el medio natural porque la cartografía presentada no permite su integración en los sistemas de información geográfica de la Dirección General.

- Informe de la Confederación Hidrográfica del Segura de 25 de febrero de 2010 señala, en cuanto al dominio público hidráulico que los instrumentos de desarrollo del Plan General deberán someterse a informe de la Confederación. En cuanto a la existencia de recursos hídricos señala lo siguiente:

a) A lo largo de este año los recursos mínimos legalmente disponibles por el Organismo superan en el corto plazo a las necesidades previsibles

b) A partir del año 2010, dichos recursos disponibles pueden totalizar un volumen que supera en más de 100 hm3 a la demanda actual, posibilitando el abastecimiento de una población adicional superior al millón de habitantes.

c) La demanda total prevista para el Plan General Municipal de Ordenación Urbana que nos ocupa, a plena ocupación, es de 0,63 hm3 a partir del año 2.025

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DÉCIMO.- Con fecha 8 de julio de 2009, el Servicio de Ordenación del Territorio emitió informe en el que analiza pormenorizadamente el Estudio de Impacto Territorial del PGMO de Albudeite y, asimismo, con fecha 21 de julio de 2009, el Servicio de Urbanismo emite informe sobre la documentación que hasta ese momento conforma dicho PGMO, que obran en el expediente y que, por extensos, se obvia su reproducción. Y, la Comisión de Coordinación de Política Territorial, en su sesión de 22 de julio de 2009, y, oídos los anteriores informes acuerda que para su aprobación definitiva se deben subsanar las siguientes deficiencias:

SISTEMAS GENERALES

Para la cuantificación de estándares de los sistemas generales, se ha de realizar el cómputo detallado de la superficie edificable residencial del suelo urbano en todas sus categorías y urbanizable sectorizado, aplicando las normas de zona correspondientes, teniendo en cuenta...

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