Orden del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de 22 de diciembre de 2010, relativa a la toma de conocimiento, a reserva de subsanación de deficiencias, del texto refundido de la modificación del Plan General Municipal de Ordenación de Lorca, Sector 2I Serrata. Expte. 61/06 de planeamiento.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio |
Rango de Ley | Orden |
Con fecha 22 de diciembre de 2010 el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, ha dictado la siguiente Orden:
Antecedentes de hecho
Primero.- Por Orden del Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Transportes de 25 de septiembre de 2008, se aprobó definitivamente la presente modificación, si bien dicha aprobación se otorgó a reserva de la subsanación de las deficiencias señaladas por la Subdirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio y que se transcribían en el antecedente cuarto de la citada Orden.
Segundo.- Con fecha 10 de noviembre de 2008, el Ayuntamiento remitió un texto refundido de la modificación junto con un informe de los servicios técnicos.
Tercero.- A la vista dicha documentación y previo informe del Servicio de Urbanismo de 2 de febrero de 2009 el Director General de Urbanismo y Ordenación del Territorio emitió el suyo de 5 de febrero de 2009 en el que se ponían de manifiesto las siguientes deficiencias:
1 - El documento aportado como Texto Refundido para su diligenciado no es completo. Debe integrar en un documento único toda la documentación que compone el proyecto y que ha sido objeto de pronunciamiento favorable.
? La memoria debe recoger el apartado 2.3 que el documento remitido el 12.12.06 incorporaba, llamado “sistema general de espacios libres SG EL-2” y que se introdujo para dar respuesta a la primera de las deficiencias señaladas por la CCPT de 16 de febrero de 2.007.
? Debe incorporar la ficha del sector Serrata 3I (rectificada) que fue aportada en el último documento y que venía a subsanar la tercera deficiencia señalada por la CCPT el 16 de febrero de 2.007.
? Debe incorporar tanto la página 8 del Programa de Actuación (rectificada) como la 17 de la Memoria de Gestión que fueron aportadas en el último documento.
? Debe aportar el plano 6 de “Sistemas Generales” (para integración con el PGMO), que se aportó en la última documentación.
2 - La ficha del sector 2I debe incorporar como “Condiciones particulares de la ordenación” las determinaciones establecidas por la Orden de Aprobación Definitiva para el planeamiento de desarrollo – garantizar la viabilidad del trazado de la red de abastecimiento, conforme al informe de la compañía suministradora, y condicionarse a la aprobación del Plan Especial de accesos del Sector Serrata a la C-3211, conforme señala la Dirección General de Transportes y Carreteras -.
3 - Debe tenerse en cuenta la existencia de algunos errores;
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