Orden de 2 de enero de 2012 de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se regula el procedimiento telemático para la comunicación de baja temporal y su reactivación de las autorizaciones de explotación de máquinas recreativas tipo B y se aprueba el modelo 141 de autoliquidación de la tasa fiscal sobre el juego-alta por reactivación.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

La Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2011, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y de fomento económico en la Región de Murcia para el año 2012, ofrece a las empresas operadoras la posibilidad de proceder a la baja temporal, con carácter excepcional durante dicho ejercicio, de las autorizaciones de explotación de las máquinas recreativas tipo B de las que sea titular, hasta un máximo del 15 por 100. La autorización podrá ser reactivada por su titular a partir del segundo semestre del ejercicio, devengando la Tasa Fiscal sobre el Juego por cada uno de los trimestres que permanezca la máquina en situación de alta.

Con el fin de facilitar a las empresas interesadas el ejercicio de su derecho y el cumplimiento de sus obligaciones tributarias la Ley prevé un procedimiento ágil y simplificado y de eficacia inmediata, cuyos trámites se realizan por vía enteramente telemática a través del portal tributario de la Administración Regional. El procedimiento se limita a la mera comunicación a la Administración Regional, a través del portal tributario, de las autorizaciones de explotación que su titular decida situar en baja temporal, y las que posteriormente puedan ser objeto de reactivación, incluyendo, en este último caso, la previa cumplimentación, pago y presentación telemática de la Tasa Fiscal sobre el Juego.

Habida cuenta que la Ley atribuye a la Consejería de Economía y Hacienda la competencia para la aprobación del referido procedimiento, así como el modelo de autoliquidación de la Tasa,

Dispongo

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

Es objeto de la presente Orden la regulación del procedimiento de comunicación por vía telemática de la situación de baja temporal y su reactivación de autorizaciones de explotación de máquinas recreativas tipo B, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2011, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y de fomento económico en la Región de Murcia para el año 2012.

Artículo 2 Aprobación del modelo “141

Tasa Fiscal sobre el Juego-Máquinas recreativas tipo B. Alta por reactivación”.

Se aprueba el modelo “141. Tasa Fiscal sobre el Juego-Máquinas recreativas tipo B. Alta por reactivación”, de cumplimentación y presentación exclusivas a través de Internet. Dicho modelo, que figura en el anexo, consta de dos ejemplares: ejemplar para la Administración y ejemplar para el interesado.

Artículo 3 Condiciones y requisitos
  1. Podrán...

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