Decreto n.º 76/2010, de 23 de abril, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de zona arqueológica, el conjunto de “El Prado y Los Cipreses”, en Jumilla (Murcia).

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

El artículo 10.UNO.14 de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio cultural, histórico, arqueológico, monumental, artístico, paisajístico y científico de interés para la Región.

La Dirección General de Cultura, por Resolución de 29 de noviembre de 2006, incoó expediente de declaración como bien de interés cultural, con categoría de zona arqueológica, a favor del conjunto formado por el asentamiento eneolítico de El Prado y la villa romana de Los Cipreses, en Jumilla (Murcia).

En la tramitación del expediente emitió informe favorable la Real Academia de Bellas Artes de Santa María de la Arrixaca, como institución consultiva de la Comunidad Autónoma, señalando la especial significación del conjunto arqueológico y la necesidad de protegerlo.

La aprobación de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, determinó que, en virtud de la disposición transitoria tercera, el expediente continuase su tramitación conforme a lo establecido en la nueva normativa. De acuerdo con la citada legislación, se han cumplimentado los trámites preceptivos de información pública (BORM número 147, de 26 de junio de 2008; y BORM número 270 de 21 de noviembre de 2009) para que todas aquellas personas o entidades interesadas, durante el plazo de 20 días hábiles, pudieran formular las alegaciones que estimasen oportunas. Posteriormente, se ha concedido trámite de audiencia al ayuntamiento de Jumilla y a los interesados. Durante estos trámites se presentaron alegaciones que fueron contestadas en su momento, tal como consta en el expediente.

En consecuencia, terminada la instrucción del expediente, la Consejería de Cultura y Turismo considera que procede declarar bien de interés cultural, con categoría de zona arqueológica, el conjunto de “El Prado y Los Cipreses”, en Jumilla (Murcia), de acuerdo con lo previsto en los artículos 2 y 3.2 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En virtud de lo expuesto en el artículo 13.1 de la Ley 4/2007, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia del día 23 de abril de 2010

Dispongo:

Artículo 1

Se declara bien de interés cultural, con categoría de zona arqueológica, el conjunto de “El Prado y Los Cipreses”, en Jumilla, según ubicación y descripción que constan en el anexo I y documentación y planos que figuran en su expediente.

Artículo 2

Se define la delimitación de la zona arqueológica tal como consta en el anexo II y en el plano adjunto.

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Dado en Murcia a 23 de abril de 2010.—El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.—El Consejero de Cultura y Turismo, Pedro Alberto Cruz Sánchez.

Anexo I
  1. Ubicación

    La zona arqueológica del conjunto de “El Prado y Los Cipreses” se localiza en el término municipal de Jumilla, en el paraje conocido como El Prado y distante 1,8 km al sur del núcleo urbano de Jumilla. Está atravesada por la carretera que conduce desde esta localidad al Monasterio de Santa Ana, la cual fosiliza, en parte, el trazado de la vía pecuaria que desde el sector meridional de Jumilla se dirigía hacia la sierra de Santa Ana.

    El conjunto arqueológico se sitúa en el extremo occidental de un valle procedente de la sierra de Enmedio que al sur de la localidad enlaza con el curso de la rambla del Judío, a través del cual conecta con el curso alto del río Segura. Se asienta en una extensa planicie ocupada en su mayor parte por terrenos destinados a la explotación hortofrutícola intensiva de regadío, aunque existen algunas parcelas en baldío y en especial, comienzan a proliferar construcciones de carácter residencial de tipo chalet.

    Esta posición geográfica privilegiada le convierte en un destacado nudo de comunicaciones entre Levante y el valle del Segura y hacia el interior de la Meseta Sur que le ha otorgado un importante papel a lo largo del tiempo como reflejan los numerosos yacimientos, a veces de singular importancia, localizados en esta comarca.

  2. Descripción

    El ámbito de la zona arqueológica comprende el área donde se constatan vestigios arqueológicos asociados al establecimiento de comunidades tanto en época prehistórica, sector del yacimiento de El Prado, como en época ibérica y romana, a la que pertenecen el conjunto de Los Cipreses y su Anexo. Las intervenciones arqueológicas llevadas a cabo en determinados sectores de la zona delimitada, han permitido definir diferentes...

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