Orden de denegación de la declaración de fiesta de Interés Turístico Regional para la denominada “Semana Santa de Cehegín”.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

La Ley 11/1997, de 12 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia, en su artículo 54 establece la existencia de las calificaciones de “Fiestas de Interés Turístico Regional” y “Fiestas de Excelencia Turística” de la Comunidad Autónoma a determinados acontecimientos festivos. Su concesión y revocación se encuentran reguladas en el Decreto 77/2005, de 24 de junio, de fiestas y distinciones de la Comunidad Autónoma de la región de Murcia.

La Junta Central de Cofradías de la Semana Santa de Cehegín presentó con fecha 30 de agosto de 2007 solicitud en demanda de la declaración de Fiesta de Interés Turístico Regional para la denominada “Semana Santa de Cehegín”.

El artículo 6 del mencionado Decreto 77/2005, establece que las solicitudes serán estudiadas y valoradas por una Comisión Calificadora designada al efecto. Esta Comisión Calificadora emitió el preceptivo informe con fecha 30 de marzo de 2009, siendo desfavorable a la declaración, dado que la fiesta evaluada no ha superado la puntuación mínima exigida para tal fin en la metodología establecida al efecto.

En el apartado 2 del mencionado artículo se dispone que el Consejo Asesor Regional de Turismo debe emitir informe a requerimiento de la referida Comisión Calificadora, circunstancia que se produjo mediante acuerdo adoptado en la sesión celebrada en 22 de diciembre de 2009, siendo éste también desfavorable.

La Dirección General de Turismo es el órgano competente para la propuesta y tramitación de los expedientes de concesión o revocación de las declaraciones de “Fiestas de Interés Turístico Regional” y “Fiestas de Excelencia Turística”, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo segundo del Decreto 286/2009, de 11 de septiembre, por el que se modifica parcialmente el Decreto 330/2008, de 3 de octubre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Cultura y Turismo.

Vista la propuesta de la Directora General de Turismo y en ejercicio de las competencias que me confiere el artículo 16 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en el artículo...

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