Orden de 20 de noviembre de 2015, de la Consejería de Educación y Universidades, por la que se convoca procedimiento para la renovación del nombramiento de directores, y concurso de méritos para la selección y nombramiento de directores de centros docentes públicos en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Educación y Universidades
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Autoridades y Personal

    Consejería de Educación y Universidades

    11703 Orden de 20 de noviembre de 2015, de la Consejería de Educación y Universidades, por la que se convoca procedimiento para la renovación del nombramiento de directores, y concurso de méritos para la selección y nombramiento de directores de centros docentes públicos en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    La Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, de 19 de mayo de 2014, estableció las bases del procedimiento para la selección y nombramiento de directores de centros docentes públicos en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Puesto que a la finalización del curso escolar 2015-2016 se producirá el fin del mandato de directores de centros públicos y es previsible que en otros centros tenga que procederse al nombramiento de directores por cualquiera de las causas previstas en la normativa vigente, esta Consejería, en aplicación de lo establecido en el artículo 135 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, considera necesario convocar procedimiento para la renovación del nombramiento de directores y concurso de méritos para su selección y nombramiento, teniendo para ello en cuenta lo que, al respecto, se establece en los artículos 134 y siguientes de la citada Ley 2/2006, de 3 de mayo, rigiéndose, además, por lo dispuesto en la Orden de 19 de mayo de 2014.

    En su virtud,

    Dispongo:

    Primero. Renovación del nombramiento de directores.

    Los directores de los centros, relacionados en el anexo I b), que acaban su mandato al finalizar el presente curso y desean solicitar la renovación de su nombramiento para un segundo y último periodo, utilizarán el modelo de instancia que se adjunta como anexo II b), a la que acompañarán la documentación establecida en la base decimoséptima de la orden de 19 de mayo de 2014, dentro del plazo establecido en el apartado quinto de la presente orden de convocatoria.

    Dado que según la base decimoctava de la citada orden se condiciona la renovación del nombramiento como director a la evaluación positiva del trabajo desarrollado en su primer nombramiento para el ejercicio de la dirección, y de acuerdo con lo previsto en su disposición transitoria primera, si antes de la exposición de las listas definitivas de admitidos y excluidos se publicaran nuevos criterios e indicadores de evaluación de la función...

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