Decreto n.º 107/2012, de 27 de julio, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la subvención de concesión directa, por convenio, a los Ayuntamientos de Caravaca de La Cruz, Cieza, Jumilla, Molina de Segura y San Javier para financiación del funcionamiento de sus conservatorios de música durante el ejercicio 2012.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

El progreso equilibrado de una sociedad democrática, su bienestar colectivo y la calidad de la vida individual de sus ciudadanos son fruto del desarrollo de la educación, en sus distintos niveles. Conscientes de ello, las sociedades exigen de modo creciente bienes y servicios educativos, y su fomento y salvaguardia por parte de las administraciones públicas viniendo a formar parte de las propias responsabilidades de éstas.

En España, el artículo 27 de la Constitución consagra la responsabilidad de los poderes públicos como garantía fundamental del derecho a la educación, en todos sus extremos.

La exigencia de mejora del sistema educativo regional constituye una prioridad ineludible que expresa el compromiso que la Administración Regional ha adquirido colectivamente.

La Consejería de Educación, Formación y Empleo, como departamento al que corresponden las competencias en materia de educación reglada en todos sus niveles, en virtud del artículo 9 del Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma 24/2011, de 28 de junio (BORM del 7 de julio), en relación con el artículo 5 del Decreto número 148/2011, de 8 de julio por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación, Formación y Empleo (BORM del 11), modificado por el Decreto número 228/2011, de 15 de julio, contempla entre sus objetivos facilitar el acceso a las mismas y alcanzar el máximo desarrollo y promoción de dichas enseñanzas, mediante una ampliación progresiva de su oferta en las distintas comarcas de la Región de Murcia.

El Capítulo IV del Título Preliminar, “Cooperación entre Administraciones educativas”, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como el artículo 25.2,n), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local entre otras normas, ponen de manifiesto dicha voluntad cooperativa.

Entendiendo, por tanto, que existen razones de interés público y social, la Administración Regional colaborará a través de la Consejería de Educación, Formación y Empleo directamente en la financiación del funcionamiento de estos conservatorios, mediante la concesión de cinco subvenciones con arreglo a lo dispuesto en el artículo 22.2. c) de la Ley 38/2003 de la Ley General de Subvenciones

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Formación y Empleo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 27 de julio de 2012.

Dispongo

Artículo 1 Objeto

Este decreto tiene por objeto regular la concesión directa, por convenio, de subvenciones a los Ayuntamientos que se detallan en el artículo 3.

La finalidad de la concesión es la de colaborar en la financiación del funcionamiento de los cinco conservatorios de música, de titularidad municipal, durante el ejercicio 2012.

Artículo 2 Procedimiento de concesión

La subvención regulada en este decreto tiene carácter singular, ya que se otorga a los cinco conservatorios de música de titularidad municipal que existen en la Región de Murcia, por lo que se autoriza la concesión directa, por convenio, de la misma en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2.C) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por concurrir razones de interés público y social en lo que se refiere a alcanzar el máximo desarrollo y promoción de las enseñanzas artísticas en las distintas comarcas de la Región.

La concesión de la subvención se realizará mediante Convenios, en los que se especificarán los compromisos y condiciones aplicables, de acuerdo con lo previsto en este Decreto.

Artículo 3 Beneficiarios

Serán beneficiarios de esta subvención, en los términos establecidos en este decreto, los ayuntamientos de Caravaca de la Cruz, Cieza, Jumilla, Molina de Segura y San Javier, debiendo cumplir los siguientes requisitos:

  1. No estar...

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